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Acusación

La acusación es el escrito con que el fiscal, tras cerrar la investigación, pide que el imputado sea llevado a juicio, describiendo los hechos, su calificación jurídica, las pruebas y la pena que solicita. Con ella se pasa a la etapa intermedia del proceso penal.

Actualizado el 27 de octubre de 2026 · 2 min de lectura · Equipo Nexulex

Qué es la acusación

Cuando el fiscal cierra la investigación tiene diez días para elegir entre tres caminos: pedir el sobreseimiento, comunicar que no perseverará en el procedimiento o formular acusación. Acusa cuando estima que la investigación proporciona fundamento serio para enjuiciar al imputado que fue formalizado.

La acusación fija el marco del juicio: debe individualizar al acusado y su defensor, relatar los hechos y su calificación jurídica, señalar las circunstancias modificatorias de responsabilidad, la participación atribuida, las normas aplicables, los medios de prueba y la pena solicitada. También puede pedir que se siga un procedimiento abreviado. Un punto clave es la congruencia: la acusación solo puede referirse a hechos y personas incluidos en la formalización, aunque les dé una calificación jurídica distinta.

Cómo aparece en la causa y qué hacer

En la Oficina Judicial Virtual verás el escrito de acusación ante el juzgado de garantía y una resolución que la manda notificar y cita a la audiencia de preparación del juicio oral, que debe realizarse entre 25 y 35 días después.

Si eres querellante, hasta quince días antes de esa audiencia puedes adherir a la acusación del fiscal o presentar una acusación particular, señalar vicios formales de la acusación, ofrecer prueba y deducir demanda civil. Si eres el acusado, tu defensa prepara en esa etapa sus pruebas y puede discutir la exclusión de prueba del fiscal en la audiencia de preparación.

Qué norma la regula

El artículo 248 del Código Procesal Penal regula el cierre de la investigación y las opciones del fiscal. El artículo 259 fija el contenido de la acusación y el 260 la citación a la audiencia de preparación del juicio oral. El artículo 261 regula la actuación del querellante frente a la acusación.

Términos relacionados

  • Formalización: requisito previo; solo se acusa a quien fue formalizado.
  • Sobreseimiento: la alternativa a acusar.
  • Juicio oral: la etapa que sigue a la preparación.
  • Juicio abreviado: puede solicitarse en la misma acusación.
Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

¿Me pueden acusar por hechos distintos a los de la formalización?

La acusación debe referirse a hechos y personas incluidos en la formalización, aunque se les dé una calificación jurídica distinta. Un abogado puede revisar si hay diferencias relevantes en tu caso.

¿Qué plazo tiene el querellante para actuar frente a la acusación?

Hasta quince días antes de la fecha fijada para la audiencia de preparación del juicio oral.

Fuentes

Esta guía es información general y no reemplaza la asesoría de un abogado para tu caso.

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