Notificación por el estado diario
La notificación por el estado diario es la forma ordinaria de notificar las resoluciones judiciales: se entienden notificadas a las partes desde que se incluyen en un estado electrónico publicado diariamente en el sitio web del Poder Judicial. No llega ningún aviso personal.
Actualizado el 27 de octubre de 2026 · 2 min de lectura · Equipo Nexulex
Qué es
Antes era una lista de papel colgada en la secretaría del tribunal con las causas que habían tenido resoluciones ese día. Hoy es un estado electrónico, pero el principio es el mismo: la ley presume que las partes lo revisan, de modo que la resolución queda notificada con su sola publicación.
Se aplica a todas las resoluciones que no deban notificarse personalmente o por cédula, que son la gran mayoría. Además, el abogado que no designa un medio electrónico de notificación queda notificado por estado diario de todas las resoluciones posteriores.
Dónde aparece y qué hacer
El estado diario está disponible en el sitio del Poder Judicial, encabezado con la fecha y con las causas identificadas por su rol y por los apellidos de las partes. En la Oficina Judicial Virtual, la resolución aparece en la historia del cuaderno con su fecha.
El gran riesgo es que los plazos empiezan a correr desde la publicación, aunque nadie te avise. Por eso: • Revisa tus causas todos los días hábiles, o usa un sistema de alertas. Nexulex, por ejemplo, avisa de cada movimiento de las causas que sigues en la OJV. • Anota la fecha de la resolución, que es la de la notificación, y calcula el plazo desde ahí. • Si la resolución no se podía visualizar por un problema técnico del sistema, la notificación es nula y puedes pedir que así se declare.
Qué norma la regula
El artículo 50 del Código de Procedimiento Civil establece la notificación por estado diario electrónico, su contenido, que se mantenga publicado al menos tres días sin posibilidad de alteración y la nulidad cuando la resolución no puede visualizarse por problemas técnicos. El artículo 49 impone a abogados y mandatarios designar un medio de notificación electrónico, bajo apercibimiento de ser notificados por estado diario. El artículo 51 dispone que cada causa recibe un número de rol con el que figura hasta su término.
Términos relacionados
Compárala con la notificación por cédula, reservada para resoluciones más importantes. Todas las formas se explican en la guía de tipos de notificación.
Preguntas frecuentes
¿Me llega un aviso cuando me notifican por estado diario?
No. La notificación se entiende hecha con la publicación del estado en el sitio del Poder Judicial; es tu responsabilidad, o la de tu abogado, revisarlo.
¿Qué pasa si la resolución no se podía abrir?
Según el artículo 50 del Código de Procedimiento Civil, la notificación es nula si no fue posible visualizar la resolución por problemas técnicos del sistema, y puede declararse de oficio o a petición de parte.
Fuentes
Esta guía es información general y no reemplaza la asesoría de un abogado para tu caso.