Amparos migratorios: qué resuelve la Corte Suprema
La Corte Suprema ha dictado 25.069 fallos en causas migratorias desde 2010, con más de 5.000 por año desde 2025. Quien recurre obtiene un resultado favorable en cerca del 40% de los casos clasificados, ya sea por amparo o por protección, y buena parte del debate gira en torno a la demora del Servicio Nacional de Migraciones.
Actualizado el 27 de octubre de 2026 · 4 min de lectura · Equipo Nexulex
Fallos de la Corte Suprema por año
Fallos publicados por año (2026 es año parcial). Datos al 27 de octubre de 2026; fuente: Datos del Poder Judicial.
Tipos de recurso y cuántos prosperan
Fallos por tipo de recurso; % = fallos en que la Corte dio la razón al recurrente. Datos al 27 de octubre de 2026; fuente: Datos del Poder Judicial.
Qué está en juego
Bajo la etiqueta de amparos migratorios se agrupan las acciones de personas extranjeras contra actos u omisiones de la autoridad migratoria: órdenes de abandono, expulsiones, rechazos de permisos y, muy a menudo, solicitudes que no se resuelven.
Dos acciones constitucionales concentran estos casos. El amparo del artículo 21 de la Constitución procede cuando hay una afectación a la libertad personal, como una expulsión. El recurso de protección del artículo 20 procede ante actos u omisiones arbitrarios o ilegales que afecten derechos del artículo 19, como la igualdad ante la ley. En el fondo se discute la aplicación de la Ley 21.325 de Migración y Extranjería y de la Ley 19.880 de procedimiento administrativo, cuyo artículo 27 dispone que, salvo caso fortuito o fuerza mayor, un procedimiento administrativo no puede exceder de seis meses.
Cuántos fallos hay y cómo han evolucionado
Son 25.069 fallos desde 2010. Hasta 2020 el volumen anual no superaba los 310 fallos. El primer salto ocurre en 2021 (1.524) y se mantiene en 2022 (1.540). El segundo, mucho mayor, llega en 2023 con 5.647 fallos. Tras una baja en 2024 (3.933), el número vuelve a subir en 2025 (5.431) y en lo que va de 2026 ya alcanza 5.685, con meses todavía por contabilizar.
El cambio coincide con la entrada en vigencia de la Ley 21.325 y la creación del Servicio Nacional de Migraciones.
Cuántas veces gana quien recurre
De los fallos clasificados, 10.033 dieron la razón a quien recurrió y 14.906 no. La tasa de éxito es cercana al 40%: alta en comparación con la mayoría de las materias que llegan a la Corte Suprema, aunque todavía por debajo de la mitad.
Por qué vía llega el tema a la Corte
- Apelación de amparo: 15.873 fallos, con alrededor de 42% de resultados favorables.
- Apelación de protección: 8.211 fallos, con cerca de 38%.
- Apelación de reclamación: 768 fallos, con 21%.
- Contiendas de competencia: 118 fallos entre materia civil y penal, que no se clasifican como ganados o perdidos.
- Apelación de reclamo de ilegalidad: 27 fallos, con cerca de 19%.
Amparo y protección rinden de forma parecida; la reclamación, en cambio, tiene una tasa claramente menor.
Normas y conceptos que más aparecen
Las normas más citadas son el artículo 21 de la Constitución (11.577 fallos), el artículo 27 de la Ley 19.880 sobre el plazo máximo de seis meses (6.126) y el artículo 19 de la Constitución (5.299). De la Ley 21.325 aparecen el artículo 43, sobre cédula de identidad de residentes (4.395), el artículo 38, sobre ingresos y egresos con certificado de residencia en trámite (4.343), y el artículo 37, sobre otorgamiento y prórroga de permisos (3.962). Completan la lista el artículo undécimo transitorio de esa ley (3.834) y el artículo 46 del Decreto 296, el reglamento de migraciones (3.825).
Los descriptores lo confirman: junto a la acción de amparo (11.643) y el recurso de protección (6.627) aparecen afectación de la libertad personal (4.960), visa o permiso (4.856), situación migratoria regular (4.546), recurso de amparo acogido (4.319), vigencia de cédula de identidad (4.150) y «plazo no fatal para la administración» (4.087). Esta última etiqueta refleja un punto clave: los plazos de la administración no son fatales, lo que no impide que una demora excesiva pueda ser reprochada.
De qué cortes vienen los casos
La Corte de Apelaciones de Valparaíso origina 8.608 fallos, más que Santiago (5.650). Siguen San Miguel (1.940), Antofagasta (1.617), Talca (950) y Arica (934). El predominio de Valparaíso es llamativo; los datos no permiten atribuirlo a una sola causa.
Qué significa en la práctica
Si tu trámite migratorio lleva meses sin respuesta o recibiste una orden que afecta tu permanencia, los datos indican que la Corte Suprema da la razón al recurrente en una proporción relevante de casos, sobre todo cuando se discute la demora de la autoridad o la afectación de la libertad personal. Elegir bien la acción importa: el amparo apunta a la libertad personal y la protección a otros derechos; esta última tiene un plazo de 30 días corridos.
Guarda los comprobantes de tu solicitud y de cada comunicación con el Servicio. Un abogado o una clínica jurídica puede orientarte sobre qué acción corresponde a tu situación.
Metodología
Fuente: fallos de la Corte Suprema publicados por el Poder Judicial en su buscador de jurisprudencia, dictados desde 2010, cuyos descriptores oficiales incluyen alguno de estos: «Amparos extranjería», «Servicio nacional de migraciones», «Autoridad migratoria», «Migración y extranjería». Contamos fallos (documentos), no causas: una misma causa puede generar más de un fallo.
«Acogido» significa que la Corte dio la razón a quien recurrió (revocó, acogió o anuló lo resuelto); «rechazado» agrupa confirmaciones, rechazos, declaraciones de inadmisibilidad, deserciones y desistimientos. Se excluyen las sentencias de reemplazo. La tasa de éxito es acogidos dividido por la suma de acogidos y rechazados. Hubo 130 fallos cuyo resultado no se pudo clasificar y que quedan fuera de la tasa. Un mismo fallo puede citar varias normas y llevar varios descriptores, por eso esas cifras no suman el total. El año 2026 está incompleto.
Datos al 27 de octubre de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos fallos migratorios dicta la Corte Suprema?
Desde 2010 hay 25.069 fallos en esta materia. Desde 2023 la cifra supera los 3.900 por año y en 2026, con el año incompleto, ya son 5.685.
¿Conviene amparo o protección en un caso migratorio?
Depende del derecho afectado: el amparo protege la libertad personal y la protección otros derechos del artículo 19. En los datos, la apelación de amparo tiene cerca de 42% de éxito y la de protección cerca de 38%.
¿La administración tiene un plazo para resolver mi solicitud?
El artículo 27 de la Ley 19.880 fija un máximo de seis meses salvo caso fortuito o fuerza mayor. Es una de las normas más citadas en estos fallos.
Fuentes
- Ley 21.325 de Migración y Extranjería, artículos 37, 38 y 43
- Ley 19.880, artículo 27
- Constitución Política de la República, artículos 19, 20 y 21
- Datos del Poder Judicial (Nexulex)
Esta guía es información general y no reemplaza la asesoría de un abogado para tu caso.