En relación
Que una causa esté «en relación» significa que la Corte la conocerá en una audiencia pública, con la relación del relator y la posibilidad de que los abogados aleguen. Se opone a la vista «en cuenta», donde el tribunal resuelve sin alegatos.
Actualizado el 27 de octubre de 2026 · 2 min de lectura · Equipo Nexulex
Qué significa
Las Cortes conocen los recursos de dos maneras. En cuenta, el relator informa a la sala en forma breve y la sala resuelve sin escuchar a las partes. En relación, la causa entra a la tabla, se ve en audiencia pública, el relator expone el expediente y los abogados pueden alegar.
En materia civil, la apelación de las resoluciones que no son sentencia definitiva se ve en cuenta, salvo que alguna parte pida alegatos dentro de cinco días desde que la Corte certifica la recepción del recurso. Si se piden, la Corte ordena «traer los autos en relación». La apelación de una sentencia definitiva se ve en relación.
Dónde aparece y qué hacer
En la Oficina Judicial Virtual, en la causa ante la Corte de Apelaciones, verás resoluciones como «autos en relación» o «en relación», y luego la inclusión de la causa en una tabla con su fecha. Antes de eso, el relator revisa el expediente y certifica que está en estado de relación.
Qué hacer: • Si quieres alegar un recurso que se vería en cuenta, pide alegatos dentro del plazo de cinco días. • Revisa la tabla de la Corte para saber qué día se verá tu causa. • Si vas a alegar, debes anunciarte; si prefieres hacerlo por videoconferencia, pídelo hasta dos días antes de la vista.
Qué normas lo regulan
El artículo 199 del Código de Procedimiento Civil regula la vista en cuenta y la orden de traer los autos en relación cuando se piden alegatos, y el 200 la certificación de ingreso. El artículo 69 del Código Orgánico de Tribunales dispone que la tabla semanal incluya los asuntos en estado de relación, entendidos como los revisados y certificados por el relator. El artículo 372 del mismo código encarga a los relatores esa certificación.
Términos relacionados
Una causa en relación termina en la vista de la causa, donde se hacen los alegatos con la intervención del relator.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre «en cuenta» y «en relación»?
En cuenta la sala resuelve tras un informe breve, sin alegatos; en relación la causa se ve en audiencia pública, con relato del expediente y alegatos de los abogados.
¿Cómo consigo que mi apelación se vea en relación?
Si no es sentencia definitiva, pidiendo alegatos dentro de cinco días desde la certificación de ingreso a la Corte, según el artículo 199 del Código de Procedimiento Civil.
Fuentes
- Código de Procedimiento Civil, artículos 199, 200 y 223
- Código Orgánico de Tribunales, artículos 69 y 372
Esta guía es información general y no reemplaza la asesoría de un abogado para tu caso.